¿Cómo tributa la devolución que tu banco te hizo por la cláusula suelo?
- Por Ana Lozano Pérez
- •
- 15 may, 2018
RENTA 2017

Estamos metidos en plena Campaña de Renta 2017, en la cual los contribuyentes tienen hasta el próximo 2 de julio para presentar su declaración ante la Agencia Tributaria y una de las dudas que nos está asaltando es cómo deben tributar las compensaciones recibidas de la banca por la aplicación de cláusulas suelo en sus hipotecas.
La campaña de este año es la primera que afecte directamente a las indemnizaciones pactadas mediante el mecanismo de negociación extrajudicial que el Gobierno puso en marcha en enero del pasado año, después de que el Tribunal de Justicia de la UE aclarara que las entidades deben devolver con retroactividad total todo lo cobrado por cláusulas que no sean transparentes.
De esta manera, quienes han recibido una compensación de su entidad financiera por las cláusulas suelo de su hipoteca, tanto por la vía de la negociación como mediante sentencia judicial, deben tener claro cómo debe ser reflejado en su declaración de la renta 2017.
Los puntos más importantes a tener en cuenta:
1.- No hay que hacer declaraciones complementarias
Sólo hay que hacer declaraciones complementarias en aquellos casos en los que los intereses del préstamo se han deducido como gasto de la actividad económica o se han deducido como gasto del alquiler en caso de tratarse de un préstamo de un piso arrendado.
2.- Regularizar la deducción de la vivienda
En el caso de que el préstamo fuera destinado a la vivienda habitual y se hayan deducido los intereses, ahora hay que regularizar los intereses cobrados de los 4 últimos años no prescritos. En este caso para la Renta del 2017, debemos regularizar los intereses cobrados del año 2013, 2014, 2015 y 2016.
¿Cómo se regulariza?
Esta regularización se hace en la misma declaración del año en el que se cobran los intereses.
Se tendrá que devolver a Hacienda el 15% de esas cantidades que nos hemos deducido y ahora hemos recuperado, teniendo en cuenta que el impuesto está decido en un 50% a las Comunidades Autónomas habrá que devolver el 7,5% como deducción autonómica y el 7,5% como deducción estatal. El resto de intereses cobrados no tiene efectos fiscales.
Por último, es importante indicar en la declaración que esos importes son consecuencia de la regularización por la cláusula suelo y no devengan intereses de demora.
En LOZANO ASESORES, podemos ayudarte y asesorarte en la confección y presentación de tu Declaración de la Renta 2017, no lo dudes y llámanos al 927 46 73 89 o al 686 78 43 14.